Un hombre falleció hace cinco meses y su condena por el homicidio de un habitante de calle recién se conoció públicamente. La irregularidad en el proceso judicial se debe a la falta de comunicación entre las autoridades.
El Tribunal Superior de Medellín emitió una condena en segunda instancia contra un hombre por el homicidio de un habitante de calle, a quien asesinaron después de rociarle alcohol y prenderle fuego en pleno Parque Bolívar, centro de Medellín. El detalle es que el procesado por este crimen lleva más de cinco meses muerto y su condena apenas se conoció públicamente el pasado martes por parte de la Fiscalía.
El condenado por estos hechos fue Juan Fernando Acevedo Muñoz, alias Orejas, otro habitante de calle, quien desde el pasado 2 de agosto falleció tras ser arrollado por una buseta en la calle 44 (San Juan) con la carrera 58, en el centro de Medellín. Este hombre había sido absuelto en primera instancia por el delito de homicidio preterintencional simple, pero luego de una apelación ante este alto tribunal, se le dictó la condena en cuestión, aunque el procesado nunca se presentó a las audiencias, por lo que al momento del fallo no se tenía conocimiento de su muerte.
Ante esta situación, el abogado Iván Durango expresó que “ese sentido claramente hay un desgaste innecesario de la administración de justicia, pero no endilgable a ningún funcionario, dado que esas bases de datos o ese cruce de información que se debe presentar frente a la actuación judicial tratándose de una persona que no está privada de la libertad debe estar a cargo de la Fiscalía y la Registraduría”. Acevedo Muñoz, quien falleció a sus 45 años, era procesado por el asesinato del abogado Jaime Vallejo Benjumea, de 64 años, en hechos ocurridos el 22 de abril de 2015 en el Parque Bolívar, cuando varios sujetos se le acercaron, entre ellos el condenado fallecido, y lo quemaron, en medio de un hecho de intolerancia, en el que los homicidas señalaban al fallecido de “oler maluco”. Su muerte se registró el 11 de mayo siguiente en una cama del Hospital San Vicente Fundación, de Medellín, por una falla multiorgánica por cuenta de las quemaduras sufridas.
La irregularidad en este proceso judicial, además de la falta de comunicación, también estaría relacionada con que al momento del fallo no se presentó ningún abogado para defender a Acevedo Muñoz, quien habría podido decir que el proceso judicial debía terminar antes de emitir esta decisión por cuenta de la muerte de quien era juzgado, tal como lo establece la ley. “Si ha de recaer alguna responsabilidad penal es frente al abogado de esa persona, que es quien tuvo que haber sido citado a la audiencia de lectura de fallo. Entonces, la información más puntual la debió haber tenido el abogado defensor y pues tampoco allí se dio”, indicó el abogado Durango, quien agregó que es necesario fortalecer los canales de comunicación entre todas las instancias judiciales para evitar estas irregularidades, que llevan al retraso de otros procesos. La condena del fallecido Acevedo Muñoz es la segunda que se registra por estos hechos. Róbinson Andrés González Restrepo, alias Llorón, purga una pena de 41 años y ocho meses de prisión por el delito de homicidio agravado, luego de que fuera capturado el 15 de agosto de 2020 en el barrio La Gloria, de Itagüí. Tiempo más tarde, un juzgado le estableció la condena en cuestión por este asesinato
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