La respuesta llega tras estudiar una acción popular de una ONG y revisar las competencias de los juzgados.
La Corte Constitucional señala que solamente el Consejo Nacional Electoral es el órgano que puede estudiar el tema de la violación de los topes de la financiación de la campaña de Gustavo Petro .
Así lo determinó el alto tribunal al estudiar un conflicto de competencias entre un juez civil y otro administrativo por la radicación de una acción popular por parte de la ONG Mipofaamcol en contra de la campaña electoral de Gustavo Petro y la coalición del Pacto Histórico, mediante la que se pretendía que, por sentencia judicial, se determinara que esa campaña electoral violó los topes legales de financiación.
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