La Corte Constitucional de Colombia ha eliminado las restricciones a las encuestas electorales, lo que permitirá a las firmas de investigación publicar estudios de opinión durante la campaña electoral.
Corte Constitucional tumba polémicas restricciones a encuestas electorales. // Foto: EFE/ Alberto Boal.
“Eso en mi criterio es una prohibición absoluta y desproporcionada”, dijo a Colprensa. Según explicó, la jurisprudencia ha considerado las encuestas como una herramienta informativa y no encontró justificación para impedir su divulgación durante varios meses. En relación con la entrega de información personal, Riveros Namen sostuvo que la norma comprometía la privacidad de los ciudadanos que participaban en los estudios de opinión.
“Las posiciones políticas de los ciudadanos son datos sensibles”, precisó. Además, señaló que el acceso a los números telefónicos podía abrir la posibilidad de identificar quién había participado en una encuesta y cuáles fueron sus respuestas. Aunque la Corte eliminó estos apartados, mantuvo vigentes otros componentes de la ley, entre ellos los requisitos técnicos que deben cumplir las encuestadoras y las facultades de supervisión y auditoría asignadas al CNE. Corte Constitucional tumba polémicas restricciones a encuestas electorales.
// Foto: Óscar Díaz - El UniversalLa decisión llega cuando el país se prepara para la segunda vuelta presidencial prevista para el 21 de junio. Durante la campaña, varias firmas dejaron de publicar estudios de opinión debido a las exigencias establecidas por la ley, mientras que representantes del sector cuestionaron los costos y riesgos asociados a la entrega de información de los encuestados.
El fallo también se conoce después de la primera vuelta del 31 de mayo, en la que Abelardo de la Espriella obtuvo el 43,74 % de los votos y avanzó al balotaje junto a Iván Cepeda, quien alcanzó el 40,9 %, según datos de la Registraduría Nacional. Por su parte, entidades como la Procuraduría General de la Nación, la Presidencia de la República y el Ministerio del Interior habían defendido la constitucionalidad de la ley.
Aunque el tribunal mantuvo vigente la mayor parte de la norma, dejó sin efecto los apartados que concentraban la mayor controversia jurídica y política.
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