Corte Constitucional hizo precisiones sobre la atención del servicio de urgencias.
La Corte Constitucional determin;ó que la atenci;ón inicial de urgencias a las personas que est;án en situaci;ón de migrante irregular en Colombia s;í puede llegar a incluir el tratamiento de enfermedades catastr;༿icas cuando el mismo sea solicitado por el m;ຝico tratante como urgente.
En el caso, la prestaci;ón peri;༽ica de la hemodi;álisis se encuentra incluida dentro de la atenci;ón b;ásica de urgencias, pues de su prestaci;ón depende su vida;”, dice el fallo.
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