Mediante circular, el Fondo ordena que los servicios médicos que cuenten con orden médica vigente, desde el 1 de mayo, deberán ser suministrados y facturados por prestadores que integran el Banco de Prestadores de Servicios de Salud del Fomag.
Mediante circular, el Fondo ordena que los servicios médicos que cuenten con orden médica vigente, desde el 1 de mayo, deberán ser suministrados y facturados por prestadores que integran el Banco de Prestadores de Servicios de Salud del Fomag .
Es decir, la circular contempla, de manera retroactiva, que desde el 1 de mayo de 2024 los servicios médicos y/o tecnologías en salud que cuenten con orden médica vigente, deberán ser suministrados y facturados por los prestadores que integran el Banco de Prestadores de Servicios de Salud del Fomag, administrado por Fiduprevisora.
Mientras que los prestadores de medicamentos de alto costo y/o de control especial, que venían realizando la dispensación, podrán seguir con la entrega de medicamentos de alto costo y/o de control especial en los términos como se venía suministrando, sin previa autorización, siempre y cuando la orden médica se encuentre vigente.
Este procedimiento aplicará para los servicios, medicamentos y tecnologías en salud realizados desde el 1 de mayo al 30 de junio de 2024, en tanto se finaliza el proceso de concertación y suscripción de los acuerdos de voluntades y/o contratos con los prestadores de servicios y tecnologías del Registro Calificado de Servicios y Tecnologías en Salud del Fomag.
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