Las claves del borrador del Gobierno que introduciría parámetros para regular la protesta social en Colombia

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Las claves del borrador del Gobierno que introduciría parámetros para regular la protesta social en Colombia
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La administración del presidente De La Espriella trabaja en un decreto que ha generado debates jurídicos y políticos.

Las claves del borrador del Gobierno que introduciría parámetros para regular la protesta social en Colombia La administración del presidente De La Espriella trabaja en un decreto que ha generado debates jurídicos y políticos.anunció un protocolo para determinar el momento en que las autoridades podrán intervenir en universidades públicas cuando se presenten disturbios, Que las personas se manifiesten pacíficamente en Colombia es un derecho constitucional.

Sin embargo, cuando se ataca a la población civil y a la Policía, o se vandaliza el espacio público se transgrede la ley y, en consecuencia, quien lo hace se expone a ser investigado penalmente. Uno de los casos más conocidos es el de, sentenciada por grabarse quebrando los vidrios de una estación de Transmilenio.

El Presidente De La Espriella advirtió hace dos semanas que no permitirá que se siga generando violencia adentro de las universidades públicas, y que usará la fuerza si es necesario para contener los desmanes que se presentan en ciudades como la autonomía universitaria no significa autonomía en materia de orden público ni convierte los campus en territorios sustraídos de la Constitución .

Por eso, he dado instrucciones claras para establecer un protocolo nacional de actuación que permita distinguir cuándo estamos frente al ejercicio legítimo de la protesta y cuándo existen hechos de violencia, peligro o alteraciones extraordinarias del orden público que exigen, sin lugar a dudas, la intervención de las autoridades”, indicó en su momento. , con el cual se impartieron los lineamientos para el uso de la fuerza del Estado durante protestas.

"Ningún derecho fundamental podrá ejercerse de manera que suprima totalmente el ejercicio concurrente de otros derechos", dice el borrador.. Más allá del contenido, una de las diferencias es si deberá o no ser revisada por el Congreso de la República. Desde el Gobierno, específicamente desde el Ministerio del Interior, advierten que el Ejecutivo está plenamente facultado para introducir esos cambios.busca equilibrar los derechos de quien protesta con los de quien no participa. Ni un derecho menos para quien marcha.

Ni un espacio más para quien destruye",el diálogo durante manifestaciones no condicionará el uso de la fuerza contra los violentos . Es decir que mientras se abren los canales para escuchar a los protestantes, si se llegan a cometer actos vandálicos la fuerza pública podrá proceder para detenerlos. , siempre que las acciones violentas hayan cesado y se adopten medidas orientadas a garantizar los derechos de quienes manifiestan pacíficamente y de quienes no participan en la manifestación", dice el borrador.

Cuando se determine que desde un inicio los manifestantes están utilizando armas de fuego o cortopunzantes para agredir a otras personas,Por ejemplo, ocupar total o parcialmente una vía, que afecte la circulación de vehículos. Por otro lado, cuando la protesta sea en instalaciones productivas, las autoridades tendrán que evaluar desde el PMU varios factores: el tiempo que transcurra, el impedimento a que trabajadores accedan a la planta de trabajo, y el acceso de alimentos, agua, medicamentos e insumos viales.

"los PMU se levantarán cuando se verifique que se está impidiendo el paso de ambulancias o bomberos , cuando se afecten instalaciones hospitalarios o se ponga el riesgo el suministro de agua, cuando haya armas de fuego y explosivos, cuando se destruya la propiedad privada o pública, cuando se retenga a personas en contra de su voluntad, y cuando se agreda a funcionarios públicos. Otras de las conductas que se mencionan en el documento ya están tipificadas por las autoridades como delictivas.

La propuesta ha generado reacciones en el mundo político y judicial. Tanto congresistas como abogados han expresado sus puntos de vista a favor y en contra. , le dijo a EL TIEMPO que"si bien al Presidente de la República le compete conservar el orden y la tranquilidad,no el Presidente, entre otras razones para evitar que el mandatario de turno haga valoraciones y regulaciones subjetivas".

Burbano es clave en este tema porque fue quien demandó el Código de Policía hace unos años, y la Corte Constitucional le dio la razón en la sentencia C-223 de 2017, en la que se estableció que la regulación debe hacerse por ley estatutaria. Al entrar a revisar de fondo el borrador, el abogado explicó que podría transgredir la Constitución Política del 91.

"En el proyecto de resolución existen cláusulas generales y abstractas de intervención de la fuerza pública, que puede conllevar ejercicios desproporcionados de limitación del derecho fundamental a la protesta públicaun acto de violencia es aquel que pueda causar con alta probabilidad daños graves y verificables . Además de ser una limitación desproporcionada porque aún cuando no ha ocurrido el daño puede limitarse intensamente la protesta pública, por ejemplo realizar actos de disolución; surge la pregunta: ¿qué se entiende por 'daños graves y verificables'?

", advirtió el jurista. , los violentos y los criminales que utilizan las protestas para sembrar miedo, caos y terror". El respaldo a la medida también lo manifestó la congresista.

Según ella, el cambio en la regulación se da porque hay"una ciudadanía cansada de que usen la protesta para vandalizar y que esa ciudadaníaDesde la oposición, el senador Kevin Gómez, del Pacto Histórico, resaltó que el borrador"y al derecho a la protesta consagrado en el artículo 37 de la Constitución Política". Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa. Mantente informado con la app de EL TIEMPO.

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