El presidente Gustavo Petro analiza medidas extremas como la declaración de estados de conmoción interior y emergencia económica para abordar la crisis en el Catatumbo, donde el ELN y las disidencias han perpetrado al menos 26 asesinatos. La decisión se complica por la falta de recursos para 2025 y el escrutinio judicial que se espera en la Corte Constitucional.
La crítica situación del orden público en la región del Catatumbo , marcada por al menos 26 asesinatos atribuidos al ELN y las disidencias, y la escasez de recursos financieros para 2025, empujan al gobierno del presidente Gustavo Petro a considerar medidas extremas. Entre estas, se encuentran la declaración de estados de conmoción interior y de emergencia económica, que le otorgarían al Ejecutivo facultades extraordinarias.
La vigencia territorial de estas medidas aún no se ha definido, pero se especula que, al menos en el caso de la conmoción interior, sería regional y limitada a la zona de Norte de Santander, donde miles de personas viven la resurfacing de los peores años de la guerra. \Fuentes cercanas a Casa de Nariño afirman que la escalada de violencia, que también amenaza la política de 'paz total', una de las banderas del gobierno Petro, obliga al Ejecutivo a explorar todas las herramientas constitucionales y legales para garantizar la protección de los ciudadanos en todo el país. A pesar de las dificultades evidentes en ambos campos, si el presidente Gustavo Petro opta por declarar las situaciones de excepción, deberá atravesar un duro examen jurídico. La Corte Constitucional ya ha invalidado la declaración de emergencia ecológica, económica y social en La Guajira, lo que añade complejidad a la situación. Además, la decisión generaría una fuerte polémica política. \De acuerdo con la Constitución de 1991 y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, las medidas de conmoción interior y emergencia económica se justifican en momentos de gravedad excepcional que no pueden ser abordados con las herramientas ordinarias del Ejecutivo. La conmoción interior, que reemplazó al controvertido estado de sitio de la Constitución de 1886, se regula en el artículo 213 de la Carta Magna. establece que 'en caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el estado de conmoción interior, en toda la República o parte de ella'. Se puede declarar por un período máximo de 90 días, prorrogables hasta por otros dos períodos iguales (en cuyo caso se requiere el voto favorable del Senado). La Constitución indica que 'el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos. Los decretos legislativos que dicte el Gobierno podrán suspender las leyes incompatibles con el estado de conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público', y en todo caso, no podrá afectar la protección de los derechos humanos ni las facultades de las demás ramas del poder público, especialmente del judicial. El último antecedente de una declaración de conmoción interior se produjo en el segundo gobierno de Álvaro Uribe, en 2008, debido a un prolongado paro judicial que amenazaba con una excarcelación masiva de delincuentes. El mismo Uribe había decretado la conmoción al llegar al poder en 2002, durante el período más sangriento del conflicto armado en el país. Sin embargo, la línea de los gobiernos ha sido no recurrir a la conmoción, ni en otros momentos críticos del conflicto ni en los de alta conflictividad social con grave impacto en la convivencia, como ocurrió en 2020 y 2021 con la protesta social. \En el examen que realizaría la Corte si se da ese paso, estarían sin duda los efectos de las mismas políticas de paz y orden público del gobierno Petro, enmarcadas en la estrategia de 'paz total'. Así, el Ejecutivo tendría que justificar por qué se necesitan medidas extraordinarias para conjurar una situación que en buena medida está relacionada con revertir varias de sus decisiones en el ámbito militar. En el caso de la emergencia económica y social, fue la figura a la que recurrió el gobierno del presidente Iván Duque para enfrentar la crisis del COVID-19 y su uso ha sido relativamente frecuente en los últimos 30 años. Establecida en el artículo 213 de la Carta, el estado de emergencia económica se aplica cuando se producen hechos 'que perturben o amenacen perturbar de forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública
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