La reforma tributaria de Bogotá reduce 60% de intereses y sanciones para más de dos millones de contribuyentes, pero exige pagar el 100% del capital antes del 21 de diciembre.
Más de dos millones de personas en Bogotá podrían acogerse a los alivios incluidos en la reforma tributaria aprobada por el Concejo de Bogotá, según estimaciones de la Secretaría de Hacienda. El beneficio reduce en 60 % los intereses y sanciones de determinadas obligaciones, pero exige cancelar completo el capital y realizar el pago en una sola operación antes del 21 de diciembre. Por ahora, el mecanismo todavía no está habilitado.
Qué cubre el alivio tributario
La medida cubre obligaciones tributarias pendientes con Bogotá, con excepción de las correspondientes a retención del impuesto de Industria y Comercio, ReteICA. Dentro de ese grupo pueden estar deudas relacionadas con impuesto predial, vehículos e ICA, siempre que cumplan las condiciones establecidas en el acuerdo definitivo.
Para estas obligaciones, el contribuyente deberá pagar completo el capital pendiente y solo el 40 % de los intereses y sanciones causados hasta la fecha de pago. El 60 % restante será descontado.
Hacienda calcula que cerca de 1,19 millones de contribuyentes con obligaciones tributarias podrían beneficiarse. A ellos se suman aproximadamente 845.000 personas con otras obligaciones pendientes ante entidades distritales. En conjunto, la Administración estima que el universo potencial supera los dos millones de personas.
Cálculo del beneficio y ejemplo
Tener una deuda de 6 millones de pesos con Bogotá no significa que, con los nuevos alivios, una persona vaya a pagar apenas 2,4 millones. Esa es una de las principales aclaraciones que hace la Secretaría de Hacienda frente al beneficio.
La razón es sencilla: el descuento del 60 % no se aplica sobre toda la deuda. Quien quiera acogerse deberá cancelar el 100 % del capital y únicamente podrá reducir en 60 % los intereses y sanciones acumulados, según corresponda al tipo de obligación. Además, deberá hacer el pago completo en una sola operación.
Por ejemplo, si una persona debía originalmente 3 millones de pesos de impuesto predial y, como consecuencia de intereses y sanciones, la obligación aumentó hasta 6 millones, deberá pagar los 3 millones originales y el 40 % de los otros 3 millones acumulados. Eso equivale a otros 1,2 millones. En total pagaría 4,2 millones y se ahorraría 1,8 millones frente al valor que tendría que cancelar sin el alivio.
Obligaciones no tributarias y exclusiones
El beneficio no se limita a impuestos e incluye determinadas obligaciones no tributarias, entre ellas costas procesales, sanciones disciplinarias, infracciones a normas ambientales, reintegros que deban hacerse a entidades distritales y sanciones contra establecimientos que incumplieron requisitos para funcionar.
También aparecen sanciones relacionadas con proyectos de construcción que incumplieron la normativa y determinadas multas de tránsito o acuerdos de pago administrados por la Secretaría Distrital de Movilidad. En el caso específico de las multas de tránsito, el Distrito ha señalado que el beneficio aplicará a obligaciones que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2024.
No podrán acogerse quienes tengan acuerdos de pago incumplidos con una entidad del Distrito, salvo que primero se pongan al día y paguen completamente ese acuerdo antes de intentar aplicar el alivio sobre otra obligación. Tampoco podrán acceder las obligaciones cuyo acto administrativo esté siendo demandado mediante una acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Por otro lado, las deudas de ReteICA tampoco están incluidas.
Entre las obligaciones no tributarias también existen exclusiones específicas. No tendrán descuento las multas impuestas a personas o empresas por incumplimiento de contratos con el Distrito, ni las sanciones de tránsito derivadas de conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas. Tampoco entrarán determinadas sanciones impuestas por la Secretaría de Salud a establecimientos comerciales o de salud, como cierres, suspensión de servicios, decomisos o destrucción de productos.
Estado actual y próximos pasos
El beneficio forma parte del proyecto de Acuerdo por una Ciudad Inteligente, aprobado definitivamente por el Concejo de Bogotá el pasado 28 de septiembre después de siete sesiones plenarias y más de 55 proposiciones discutidas.
La iniciativa quedó pendiente de sanción del alcalde Carlos Fernando Galán y de su posterior publicación para convertirse formalmente en Acuerdo de la ciudad. Otra condición que puede resultar determinante para quienes acumulan deudas altas es que el alivio no permite financiar el monto beneficiado por cuotas.
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