El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 234 de 2026 sobre negociación colectiva unificada, por posible exceso de potestad reglamentaria.
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 234 de 2026 sobre negociación colectiva unificada, por posible exceso de potestad reglamentaria. , expedido por el Gobierno Nacional y relacionado con las reglas para la negociaciónSección Segunda, Subsección A de la Sala de lo Contencioso Administrativoexceder la potestad reglamentaria del presidente de la República y ocupar un ámbito que corresponde al legislador en materia laboral, mediante el cual se subrogó un capítulo del Decreto 1072 de 2015, correspondiente al reglamento del sector Trabajo.
, específicamente frente a las organizaciones de trabajadores del sector privado y los trabajadores oficiales. Contra este decreto fueron presentadas varias demandas de nulidad. En la totalidad de los procesos acumulados, los demandantes solicitaron como medida cautelar que se suspendieran provisionalmente los efectos de la norma.
El punto central del análisis estuvo en determinar si el Gobierno podía establecer directamente, mediante un decreto reglamentario, elementos estructurales de ese modelo de negociación colectiva.que estableciera sus elementos esenciales y definiera hasta dónde podía llegar la reglamentación del Gobierno. Según la decisión, al establecer directamente esos elementos mediante el Decreto 234, el Ejecutivo habría, prevista en el artículo 189, numeral 11, de la Constitución.
En términos sencillos, el Consejo de Estado plantea que el Gobierno puede reglamentar una materia cuando existe previamente una regulación legal que le da ese marco. Lo que encontró, de manera preliminar, es que en este caso el Ejecutivo no se habría limitado a desarrollar un régimen que ya estaba definido por la ley.
Por el contrario, según el análisis del despacho, el Decreto 234 habría establecido mediante reglamentoCon esos argumentos y según el despacho, se consideró que estaban cumplidos los requisitos para adoptar la medida cautelar y ordenó laEs decir, por ahora quedan suspendidos los efectos de esta norma mientras avanza el proceso judicial. La decisión fue adoptada por el consejero de Estadoesta no es todavía una decisión definitiva sobre la legalidad del decreto .
El propio Consejo de Estado advierte que el análisis realizado tiene carácter preliminar y corresponde exclusivamente al estudio de la medida cautelar.. La decisión definitiva sobre si el Decreto 234 de 2026 se ajusta o no al ordenamiento jurídico deberá tomarse posteriormente en la sentencia que resuelva las demandas de nulidad. En otras palabras, el decreto queda suspendido provisionalmente, pero el proceso continúa y será en la decisión de fondo donde se determine definitivamente su legalidad.
Ministerio del Trabajo confirmó que fue notificado de la decisión del Consejo de Estado y aseguró que la acata . Desde la notificación, el Decreto 234 deja de producir efectos, por lo que las direcciones territoriales y demás dependencias de la entidad se abstendrán de aplicarlo.
De acuerdo con el mismo ministerio, también se anunció que impartirá las orientaciones necesarias frente a los trámites que estén actualmente en curso.y que, como lo señaló el propio Consejo de Estado, no implica un prejuzgamiento. La legalidad del decreto se definirá en la sentencia que resuelva de fondo las demandas. , que continúa respaldado por el artículo 55 de la Constitución, el Código Sustantivo del Trabajo y los Convenios 87, 98 y 154 de la OIT.
, con diálogo social tripartito, y reiteró su compromiso con la libertad sindical, la negociación colectiva y la seguridad jurídica de trabajadores y empleadores. ¿Qué decidió el Consejo de Estado? Porque, de manera preliminar, el Consejo de Estado consideró que el Gobierno habría excedido su potestad reglamentaria y desconocido la reserva de ley en materia laboral. No. Se trata de una medida cautelar y el propio Consejo de Estado aclaró que no implica prejuzgamiento.
La legalidad definitiva del decreto se definirá en la sentencia de fondo. Agente del CTI fue enviada a detención domiciliaria por la muerte de su compañero sentimental en Barranquilla Chirley Mildred Hernández Rojas fue presentada ante un juez por su presunta responsabilidad en el homicidio ocurrido el pasado 21 de marzo de este año.
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