La Corte Constitucional dejó sin efecto uno de los decretos de la emergencia generada por el coronavirus, al determinar que no fue firmado por todos los ministros.
La Corte Constitucional tumbó la ley 580, con la que se dictaron medidas en materia de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco del Estado de Emergencia por la pandemia del coronavirus.
Con esta decisión, se cayó la facultad que se le había dado a los municipios y a los distritos para conceder estos subsidios que iban desde el 80% para estrato 1, 50% para estrato 2 y 40% para estrato 3 hasta el 31 de diciembre de 2020. También se descarta la posibilidad de que las prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo difieran el cargo fijo hasta en 36 meses y del consumo no subsidiado para entidades sin ánimo de lucro como zoológicos, tenedores de fauna, aviario, acuarios y jardines botánicos o entidades afines.
La norma se cayó porque no todos los ministros firmaron el decreto 580, por lo que la Corte Constitucional señaló que carece de validez.
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